lunes, 7 de julio de 2008

9 de Julio de 1816 – Declaración de la Independencia Nacional

1) ¡ OH JUREMOS CON GLORIA MORIR ¡
El Estatuto Provisorio disponía el levantamiento de un censo previo a la elección de representantes al Congreso de Tucumán, a fin de que las ciudades y villas de las Provincias Unidas eligieran un elector por cada 5.000 habitantes. La tarea se llevó a cabo bajo la dirección del presidente BARTOLOMÉ MUÑOZ, que confeccionó un plano de la provincia, dividiendo cada ciudad o villa en cuatro circuitos. Para constituir las asambleas primarias de electores, se dividió el territorio de Buenos Aires en nueve distritos, y la ciudad, a su vez, en cuatro circunscripciones.
Fueron elegidos: JUAN JOSÉ PASO, ANTONIO SAENZ, PEDRO MEDRANO, fray CAYETANO RODRIGUEZ, JOSÉ DARRAGUEIRA, TOMÁS DE ANCHORENA y ESTEBAN A. GAZCÓN. En las instrucciones de que fueron dispuestos se estableció procurasen que en la futura Constitución estuviera bien delimitada la delimitada la división de los poderes del Estado; se asegurase el Poder Ejecutivo en una sola persona, sin establecer si el régimen debía ser republicano o monárquico. Ni una palabra sobre la independencia.
El 30 de Junio de 1815, en Tucumán, se reunían en la ciudadela, alrededor de cuatro mil hombres de la ciudad y de la campaña, eligiendo diputados para el Congreso y adhiriéndose “voluntariamente en todos los pasos que ha dado la capital de Buenos Aires en las marchas de la suspirada libertad”. En las instrucciones dadas a los diputados se estableció la necesidad de la “absoluta independencia de España y de sus Reyes” como base esencial para fundamentar la libertad. En el campo constitucional se aconsejó que la Carta a dictarse “sea adaptable a nuestra situación local y política; a la índole y habitudes de los ciudadanos; que aliente la timidez de unos; que se contenga la ambición de otros; que acabe con la vanidad inoportuna; que ataje pretensiones atrevidas; destruya pasiones insensatas…”.
Eran estas instrucciones expresión concreta del sentido político tradicional del hombre hispano, es decir, el gobierno eficiente, cualquiera que fuera, sin dedicarse demasiado a buscar formas nuevas, sino a perpetuar la mejor conocido.
Mendoza estaba gobernada por el general SAN MARTÍN, quien se había apartado de las luchas políticas para trabajar exclusivamente por la independencia, y a cuyo influjo se debió, en gran parte, la idea realizar el Congreso de 1816 y proclamar la independencia nacional. Había organizado un ejército, dispuesto a libertar a Chile y Perú, como forma de asegurar, además, la independencia del Río de la Plata, y no quería ponerse al frente de sus tropas en carácter de rebelde, sino como representante de una nación. No se conocen las instrucciones dadas a los diputados mendocinos, pero sabiéndose la irreductible mentalidad monárquica de SAN MARTIN, que siempre creyó que era la monarquía el mejor régimen de gobierno, se puede asegurar que tanto ISIDRO MAZA como el Dr. TOMÁS GODOY CRUZ, amigos íntimos del Libertador, iban dispuestos a considerar la cuestión de acuerdo con aquel.
San Juan eligió a Fray JUSTO SANTA MARÍA DE ORO y posteriormente a NARCISO LAPRIDA, que aceptó cuando SAN MARTÍN aprobó la elección, que él denunció como irregular, por estimar que sólo habían intervenido los vecinos de las zonas urbanas.
Es evidente que SAN MARTÍN hizo que San Luis eligiera como diputado a JUAN MARTÍN DE PUEYRREDÓN, con los más amplios poderes para que concurriese a la “formación de la Constitución nacional”.
El 28 de octubre de 1815 fue citado el vecindario de Jujuy para proceder a la elección de diputados, siendo electo con siete votos TOMÁS SÁNCHEZ DE BUSTAMANTE, a quien se le dieron instrucciones, encargándole promover l “sanción solemne… de la absoluta independencia del Estado de la corona de España” y fijándose, a los fines de la constitución, “la igualdad de derechos, la libertad y soberanía o independencia natural de cada provincia y cada pueblo de los que la componen y que en libre uso y ejercicio de estos mismos derechos entran espontáneamente a constituir un solo estado bajo de pactos justos, solemnes y expresos”. Jujuy, que había sido la primera provincia en proclamar los ideales de una organización de tipo federal, insistía ante el próximo congreso, afirmando un programa político de franco sentido hispano y medieval, en el que las tradiciones libertades municipales y provinciales se reafirmaban por la ciudad a la que el absolutismo de la “Ordenanza de Intendentes” había sujetado a Salta.
Santiago del Estero que, por aquella ordenanza centralizadora había sido sometida a Tucumán, había logrado separarse, después de las jornadas federalistas de BORGES, procediendo a elegir sus diputados en las personas de PEDRO FRANCISCO DE URIARTE y el presbítero PEDRO LEÓN GALLO.
Córdoba estaba gobernada por el Crl JOSÉ JAVIER DIAZ, que había sido electo bajo la presión del artiguisismo, pero, a pesar de la simpatía que gozaba el caudillo oriental, al que el Cabildo le obsequió con una espada de honor, el sentimiento localista era demasiado altivo para aceptar su protectorado. Es así como DIAZ termina reconociendo al gobierno de Buenos Aires y se procede a la elección de diputados al Congreso, siendo electos E. PÉREZ BULNES, C. SALGUERO DE CABRERA, JOSÉ ANTONIO CABREARA y M. DEL CORRO.
Catamarca eligió diputados al cura y vicario del beneficio de Belén, Dr. MANUEL ANTONIO ACEVEDO y a don JOSÉ ANTONIO OLMOS AGUILERA.
La Rioja, que dependía, por la Ordenanza de Intendentes, de Córdoba, había optado por reconocer al gobierno de Buenos Aires y declararse independiente de su anterior subordinación. Su diputado fue el canónigo Dr. PEDRO IGNACIO DE CASTRO y BARROS.
Una de las últimas en designar sus diputados fue Salta, y la elección se hizo al grito de ¡MUERAN LOS PORTEÑOS! También designaron diputados las provincias que han dejado de ser argentinas, de CHARCAS, CHIBCHAS y MIZQUE. Faltaron, por consiguiente, las provincias de Paraguay, Santa Fe, Corrientes, Entre Ríos y la Banda Oriental, que se encontraban bajo la “protección” de ARTIGAS, levantando contra el gobierno de Buenos Aires por tendencias centralistas, aristocratizantes y contrarias al sentir federal de los pueblos del interior.

2) DECLARACIÓN DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL
Los dos importantes actos primeros que lleva el Congreso de Tucumán deben imputarse a la influencia del General SAN MARTÍN. Uno de ellos: la designación de Don JUAN MARTÍN DE PUEYRREDÓN, como Director Supremo de las Provincias de la Unión del Sur, y el otro, EL ACTO SOLEMNE DE LA DECLARACIÓN DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL.
En la sesión del 29 de mayo de 1816 se nombró una comisión formada por los diputados GAZCÓN, BUSTAMANTE Y SERRANO, para que fijaran los “asuntos primarios y principales en que debería ocuparse el soberano Congreso”. El 19 de junio se aprueba el plan formulado y se manda publicar la “Nota de las materias de primera y preferente atención para las discusiones y deliberaciones del soberano Congreso”. Los primeros puntos eran los siguientes:
1) Un manifiesto a las provincias sobre la situación política.
2) “Declaración o deslinde de las facultades del actual Soberano Congreso Nacional Constituyente, y tiempo de su duración”.
3) “Discusiones sobre la declaración de nuestra independencia política: el manifiesto de dicha declaración…”.
4) “Pactos generales de las Provincias y pueblos de la Unión preliminares a la Constitución…”.
5) “Que forma de gobierno sea más adaptable a nuestro actual Estado y más conveniente para hacer prosperar a las Provincias Unidas…”.
6) “Decretada la forma, por un proyecto de Constitución”.
7) “Plan de arbitrios permanentes para sostener la guerra por la libertad común…” etc., etc.,

En sesión del 9 DE JULIO DE 1816 se consideró la “Nota de materias” aludida y, después de dividir los asuntos en tres clases, se decidió dar preferencia y por aclamación declarar la Independencia de las Provincias Unidas de la América del Sur.
Así se votó por unanimidad y se extendió un acta que, en lo substancial, declara rotos “LOS VIOLENTOS VÍNCULOS QUE LOS LIGABAN A LOS REYES DE ESPAÑA, RECUPERAR LOS DERECHOS QUE FUERON DESPOJADOS. E INVESTIRSE DEL ALTO CARÁCTER DE UNA NACIÓN LIBRE E INDEPENDIENTE DEL REY FERNANDO VII, SUS SUCESORES Y METRÓPOLI”. Se pasó luego a encargar a los presbíteros ANTONIO SÁENZ y LUIS CHORROARÍN, la redacción de un MANIFIESTO, explicativo de la declaración formulada, el que hizo y publicó bajo título: “MANIFIESTO QUE HACE A LAS NACIONES EL CONGRESO GENERAL CONSTITUYENTE DE LAS PROVINCIAS UNIDAS DEL RÍO DE LA PLATA, SOBRE EL TRATAMIENTO Y CRUELDADES QUE HAN SUFRIDO DE LOS ESPAÑOLES, Y MOTIVADO LA DECLARACIÓN DE SU INDEPENDENCIA”.
Es documento apasionado – decía DON VICENTE D. SIERRA - , vigoroso, en el cual, para justificar LA INDEPENDENCIA, se acumulan contra la dominación española cargos notoriamente injustos, cuando no evidentemente falsos. No hay que culpar a sus autores. Vivían la guerra y debían producir literatura de guerra, es decir, literatura que no reconoce mérito alguno a los enemigos.
Seis días más tarde, el Congreso de Tucumán adopta como insignia patria, la bandera creada por BELGRANO.
Editó Gabriel Pautasso
Diario Pampero nº 53 Cordubensi, del 9 de julio de 2008, a ocho años del Bicentenario.
Sopla el Pampero: “Que hasta soy más argentino; cuando azotas en mi frente”.



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